Comercio electrónico, ¿Cómo saber que es seguro?

 


Los hábitos de consumo están cambiando en nuestra sociedad y cada vez la tendencia es más propensa a la realización de compras vía online. No hay un único motivo que justifique este cambio a la hora de adquirir productos. Sin embargo, en el mercado global en el que vivimos los precios, la variedad, la comodidad y la inmediatez venden mucho y bien. Y precisamente ahí radica uno de los problemas principales a la hora de comprar cosas y es que muchas veces no sabemos casi ni qué compramos ni dónde compramos. Nos fiamos del vendedor que está al otro lado de la pantalla cegados por unos precios rebajados u objetos que no podemos encontrar cerca de nuestra casa. Por tanto, ¿Cómo saber siempre si son seguras las compras que realizamos online?

Generalmente queremos pensar que son seguras y que todo va a salir correctamente. En cambio, muchas otras veces nos quedamos sin ese producto por el que pagamos anticipadamente un precio. En ese momento se nos pasa por la cabeza, ¿Ahora que hacemos? Muy buena pregunta que por desgracia no siempre encuentra respuesta. Por poner dos ejemplos simples. No es lo mismo comprar una prenda en el comercio online de una empresa situada en nuestro pueblo o comprar una prenda en el comercio online de una empresa situada en un país que está a miles de kilómetros y que tiene otro idioma. En segundo supuesto, está claro que el primer gran déficit será la comunicación.

De primeras, intentaremos contactar con la empresa vendedora. Seguramente en el comercio cercano en el que hemos comprado el producto muy posiblemente encontraremos una respuesta y una solución en un periodo breve de tiempo. No obstante, en el caso de contactar con un vendedor de otro país puede resultar costoso y desesperante. Incluso, puede ocurrir que en caso de tener que hacer una reclamación por vía judicial tengas que acudir a los tribunales del país dónde has adquirido el producto. Una condición, que, aunque no te lo creas lo has aceptado tú mismo al aceptar las condiciones de la compra. Esas que nunca nadie lee. En definitiva, habemus problema…

Eso sí, la ley no nos deja desamparados a merced de perder nuestra compra. Por un lado, debemos tener presente la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Dentro de esa norma acudiremos al artículo 8 de la presente ley que versa sobre los derechos de los consumidores y usuarios. Unos puntos fundamentales que nos proporcionan una seguridad. Básicamente se enumeran en los siguientes: la protección contra los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad; la protección de sus legítimos intereses económicos y sociales; protección frente a las prácticas comerciales desleales y la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos; la indemnización de los daños y la reparación de los perjuicios sufridos; la información correcta sobre los diferentes bienes o servicios y la educación y divulgación para facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute; la audiencia en consulta, la participación en el procedimiento de elaboración de las disposiciones generales que les afectan directamente y la representación de sus intereses, a través de las asociaciones, agrupaciones, federaciones o confederaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas, y la protección de sus derechos mediante procedimientos eficaces, en especial en relación con las personas consumidoras vulnerables.

Por otro lado, un vendedor que actúa en el comercio electrónico debe ofrecernos siempre como consumidores una serie de informaciones generales que acompañen al producto que queremos adquirir. Esto nos lo dicta el artículo 10 de la Ley de Seguridad de Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico. Dicha información normalmente estará o deber estar disponible en la web donde compramos e incluiría: nombre o denominación social del vendedor; residencia o domicilio del vendedor; dirección de correo electrónico y cualquier otro dato que permita establecer una comunicación directa y efectiva con el vendedor; datos de su inscripción en el Registro Mercantil u otro registro público; y en el caso de que su actividad estuviese sujeta a un régimen de autorización administrativa previa, los datos de dicha autorización e identificación del órgano encargado de su supervisión.

Además, si ejerce una profesión regulada deberá indicar: los datos del Colegio profesional al que pertenezca y número de colegiado; el título académico oficial o profesional con el que cuente y el Estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo en el que se expidió dicho título y, si eso, la correspondiente homologación o reconocimiento; y las normas profesionales aplicables al ejercicio de su profesión y los medios a través de los cuales se puedan conocer, incluidos los electrónicos.

A su vez, es imprescindible que aparezca el número de identificación fiscal que le corresponda a la empresa, así como, uno de los puntos más relevantes, cuando se haga referencia a precios, se deberá facilitar una información clara y exacta sobre el precio del producto o servicio, indicando si incluye o no los impuestos aplicables y, en su caso, sobre los gastos de envío. Finalmente, tendrían que establecerse los códigos de conducta a los que, en su caso, esté adherido y la manera de consultarlos electrónicamente.

En suma, en caso de que tengamos dudas o inseguridad a la hora de realizar una compra online o si por lo que sea no sea completado correctamente tenemos que saber que tenemos unos derechos como consumidores y que el vendedor que actúa en el comercio electrónico siempre tiene que cumplir una serie de condicionantes. El tener claro estos puntos puede ofrecernos esa seguridad necesaria a la hora de actuar en la compra de productos vía online.

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