Los hábitos de consumo están cambiando en nuestra sociedad y
cada vez la tendencia es más propensa a la realización de compras vía online.
No hay un único motivo que justifique este cambio a la hora de adquirir
productos. Sin embargo, en el mercado global en el que vivimos los precios, la
variedad, la comodidad y la inmediatez venden mucho y bien. Y precisamente ahí
radica uno de los problemas principales a la hora de comprar cosas y es que muchas
veces no sabemos casi ni qué compramos ni dónde compramos. Nos fiamos del
vendedor que está al otro lado de la pantalla cegados por unos precios
rebajados u objetos que no podemos encontrar cerca de nuestra casa. Por tanto,
¿Cómo saber siempre si son seguras las compras que realizamos online?
Generalmente queremos pensar que son seguras y que todo va a
salir correctamente. En cambio, muchas otras veces nos quedamos sin ese
producto por el que pagamos anticipadamente un precio. En ese momento se nos
pasa por la cabeza, ¿Ahora que hacemos? Muy buena pregunta que por desgracia no
siempre encuentra respuesta. Por poner dos ejemplos simples. No es lo mismo
comprar una prenda en el comercio online de una empresa situada en nuestro pueblo
o comprar una prenda en el comercio online de una empresa situada en un país
que está a miles de kilómetros y que tiene otro idioma. En segundo supuesto,
está claro que el primer gran déficit será la comunicación.
De primeras, intentaremos contactar con la empresa vendedora.
Seguramente en el comercio cercano en el que hemos comprado el producto muy
posiblemente encontraremos una respuesta y una solución en un periodo breve de
tiempo. No obstante, en el caso de contactar con un vendedor de otro país puede
resultar costoso y desesperante. Incluso, puede ocurrir que en caso de tener
que hacer una reclamación por vía judicial tengas que acudir a los tribunales
del país dónde has adquirido el producto. Una condición, que, aunque no te lo
creas lo has aceptado tú mismo al aceptar las condiciones de la compra. Esas
que nunca nadie lee. En definitiva, habemus problema…
Eso sí, la ley no nos deja desamparados a merced de perder
nuestra compra. Por un lado, debemos tener presente la Ley General para
la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Dentro
de esa norma acudiremos al artículo 8 de la presente ley que versa sobre los
derechos de los consumidores y usuarios. Unos puntos fundamentales que nos proporcionan
una seguridad. Básicamente se enumeran en los siguientes: la protección contra
los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad; la protección de sus
legítimos intereses económicos y sociales; protección frente a las prácticas comerciales
desleales y la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos; la
indemnización de los daños y la reparación de los perjuicios sufridos; la
información correcta sobre los diferentes bienes o servicios y la educación y
divulgación para facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o
disfrute; la audiencia en consulta, la participación en el procedimiento de
elaboración de las disposiciones generales que les afectan directamente y la
representación de sus intereses, a través de las asociaciones, agrupaciones,
federaciones o confederaciones de consumidores y usuarios legalmente
constituidas, y la protección de sus derechos mediante procedimientos eficaces,
en especial en relación con las personas consumidoras vulnerables.
Por otro lado, un vendedor que actúa en el comercio
electrónico debe ofrecernos siempre como consumidores una serie de informaciones
generales que acompañen al producto que queremos adquirir. Esto nos lo dicta el
artículo 10 de la Ley de Seguridad
de Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico. Dicha información
normalmente estará o deber estar disponible en la web donde compramos e incluiría:
nombre o denominación social del vendedor; residencia o domicilio del vendedor;
dirección de correo electrónico y cualquier otro dato que permita establecer
una comunicación directa y efectiva con el vendedor; datos de su inscripción en
el Registro Mercantil u otro registro público; y en el caso de que su actividad
estuviese sujeta a un régimen de autorización administrativa previa, los datos de
dicha autorización e identificación del órgano encargado de su supervisión.
Además, si ejerce una profesión regulada deberá indicar: los
datos del Colegio profesional al que pertenezca y número de colegiado; el
título académico oficial o profesional con el que cuente y el Estado de la
Unión Europea o del Espacio Económico Europeo en el que se expidió dicho título
y, si eso, la correspondiente homologación o reconocimiento; y las normas
profesionales aplicables al ejercicio de su profesión y los medios a través de
los cuales se puedan conocer, incluidos los electrónicos.
A su vez, es imprescindible que aparezca el número de
identificación fiscal que le corresponda a la empresa, así como, uno de los
puntos más relevantes, cuando se haga referencia a precios, se deberá facilitar
una información clara y exacta sobre el precio del producto o servicio,
indicando si incluye o no los impuestos aplicables y, en su caso, sobre los
gastos de envío. Finalmente, tendrían que establecerse los códigos de conducta
a los que, en su caso, esté adherido y la manera de consultarlos
electrónicamente.
En suma, en caso de que tengamos dudas o inseguridad a la hora de realizar una compra online o si por lo que sea no sea completado correctamente tenemos que saber que tenemos unos derechos como consumidores y que el vendedor que actúa en el comercio electrónico siempre tiene que cumplir una serie de condicionantes. El tener claro estos puntos puede ofrecernos esa seguridad necesaria a la hora de actuar en la compra de productos vía online.
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